Términos y Garantías
Coberturas del seguro
La cantidad máxima de indemnización que la póliza pagará por las garantías del seguro será de 750.000 euros por asegurado y año de póliza, con un límite vitalicio de 1.500.000 de euros por asegurado mientras la póliza sea renovada y esté en vigor.
Dentro de estos límites máximos se establecen los límites que corresponden a los gastos cubiertos por el viaje, alojamiento y traslado de restos mortales, bajo los siguientes límites anuales:
- Hasta un máximo de 5.000 euros para los gastos de viaje de ida y de vuelta en servicio regular, para recibir tratamiento médico fuera de España, para el asegurado y un acompañante.
- Hasta un máximo de 6.000 euros para gastos de alojamiento, para el asegurado y un acompañante, con un límite de 200 € por noche.
- Hasta un máximo de 10.000 euros para el traslado de restos mortales del asegurado.
Edades de contratación
La edad máxima de contratación del seguro es de 60 años (inclusive) para el tomador del seguro y su pareja. El contrato finalizará en la anualidad en que se cumplan los 75 años.
En las pólizas familiares se pueden añadir los hijos menores de edad a cargo del tomador y/o su pareja siempre y cuando convivan en la misma residencia familiar. Aquellos hijos mayores de edad que también convivan en la residencia familiar, sean estudiantes y dependientes financieramente del tomador y/o su pareja podrán también formar parte de la póliza hasta la anualidad en que cumplan 25 años.
Periodo de Exclusión
La póliza no cubrirá aquellas enfermedades que sean diagnosticadas o muestren sus primeros síntomas por primera vez durante los primeros 180 días de vigencia del contrato.
Qué cubre el Seguro
El siguiente es un resumen de las principales garantías por gastos médicos cubiertos por la póliza:
- Gastos por servicios hospitalarios y quirúrgicos, incluyendo anestesia, análisis de laboratorio y patología, radiografías, quimioterapia, electrocardiogramas, ecocardiografías, mielogramas, electroencefalogramas, angiografías, tomografías computarizadas, resonancia nuclear magnética y otras pruebas y tratamientos similares.
- Coste de la cama supletoria o del acompañante si el hospital tiene disponible este servicio.
- Transfusiones y aplicación de plasma y sueros.
- Consultas y tratamientos extra-hospitalarios, y las visitas médicas al asegurado mientras se encuentre hospitalizado.
- Fármacos y medicamentos administrados por prescripción médica, hasta los treinta días siguientes a la fecha del alta hospitalaria.
- Transporte en ambulancia terrestre y aérea cuando su utilización sea prescrita por un médico.
- Servicios prestados a un donante vivo durante el proceso de extirpación de un órgano o tejido, incluyendo el proceso de investigación de localización de donantes potenciales.
Qué no cubre el Seguro
El siguiente es un resumen de las principales enfermedades o procedimientos médicos excluidos de la cobertura de la póliza:
- Gastos por tratamientos médicos incurridos en España.
- Enfermedades, lesiones, defectos o deformaciones congénitas o de nacimiento pre-existentes a la vigencia de la póliza.
- Asistencia derivada de accidentes, accidentes laborales y enfermedades profesionales o de la práctica profesional de cualquier deporte.
- Asistencia derivada de alcoholismo, drogadicción e intoxicaciones debidas al abuso de alcohol y al uso de psicofármacos, estupefacientes o alucinógenos aunque sean con carácter ocasional o único.
- Tratamientos de tipo experimental o medicina alternativa.
- El SIDA o cualquier enfermedad secundaria u originada del SIDA o el VIH.
- Síndrome cerebral o demencia.
- Tumores no invasivos.